Dudas sobre el ozono como desinfectante para vehículos

El covid ha dejado muchas dudas sobre el uso del ozono, en este artículo vamos a darle luz

Durante la crisis covid muchos han sido los talleres de lunas que se han sumado a la oferta del servicio de desinfección con ozono para vehículos. El ozono no ha dejado indiferente a nadie, mucha información y desinformación que vamos a aclararte en este artículo sobre las dudas sobre el uso del ozono como desinfectante en vehiculos.

¿Qué ha sucedido con el ozono en España?

Partimos de la base de que la OMS (Organización Mundial de la Salud) considera en varios de sus informes al ozono como el desinfectante más potente contra todo tipo de microorganismos, puedes verlo en el siguiente informe. Recordemos que la OMS es la mayor autoridad mundial en temas de salud y sanitarios.

El problema en nuestro país es que el ozono aún no consta en el listado de virucidas del Ministerio de Sanidad Español, donde están por ejemplo productos tán básicos y de uso cotidiano como la Lejía Conejo o el Sanytol. Entonces podríamos pensar que el ozono no puede utilizarse, que está prohibido, pero no es así, puesto que se encuentra en una fase transitoria de nuestra burocracia española

Un grupo de empresas nacionales que fabrican máquinas productoras de ozono se unen en el año 2013 para desarrollar y presentar un dossier/pliego para que el Ministerio de Sanidad homologara el ozono como virucida y bactericida, lo cual además llevó a un desembolso de unos millones de euros para poder realizarlo (fuentes nos indican que se invirtieron 4 millones de euros). A partir de la presentación de la petición al Ministerio, nuestra legislación dice que si después de 180 días no hay una negativa por parte de la Administración Pública, el producto entra en una fase llamada transitoria, donde puede ser utilizado y vendedido, pero no puedes entregar un certificado oficial avalado por el Ministerio. Ya han pasado más de esos 180 días, en concreto 7 años de la presentación de la documentación, por lo tanto el ozono puede usarse con total legalidad, eso sí, sin emitir certificados.

Después de esta homologación del genérico ozono como virucida/bactericia tendrían que analizar con qué tipo de máquinas y cuál sería la dosis para lograr el objetivo de la acción biocida, pero por ahora no se ha realido. En nuestro caso de los talleres, para un vehículo se estima el uso cañones que emitan un mínimo de 8grs./hora durante 10-15 min.

Por último las empresas que realizan el servicio tendrían que darse de alta en el Registro de Desinfecatores de cada Comunidad Autonóma, puesto que es una competencia delegada a cada CCAA por parte del Ministerio de Sanidad. En la actualidad los talleres no podemos darnos de alto puesto que el producto que utilizamos aún no está dentro la lista de virucidas que ya hemos comentado.

Resumiendo… ¿puedo usarlo en mi taller?

El ozono es una solución que funciona, además de los estudios de la Organización Mundial de la Salud y de otras organizaciones europeas, está homologado como virucida en muchos otros países de la Unión Europea. Por lo tanto, atendiendo a todos los argumentos anteriores, podemos ofrecer el servicio de desinfección de ozono con la tranquilidad de que estamos ofreciendo un buen servicio. Pero nos queda un elemento clave, el ozono y el covid19.

¿Puedo garantizar que el ozono elimina el COVID19?

Con respecto al COVID 19 ya empiezan a existir estudios que tratan del poder virucida del ozono frente a este, con otros virus de la familia SARS si hay documentos que demuestran que es el mejor desinfectante para ese virus, pero por el momento no se puede afimar científicamente que el ozono destruya a este tipo de coronavirus SARS-CoV-2 . Hay que ser muy prudentes al publicitar Ozono y Covid 19, para no incurrir en una desinformación al cliente, pero sí que puedes afirmar que el ozono mata los virus, bacterias, acaros, higieniza, desodoriza… porque hay muchos estudios y entidades que así lo demuestran así como distintos paises europeos que lo avalan. No te recomendamos unir coronavirus y ozono en tus acciones publicitarias.

Notificación de los sistemas/equipos al Ministerio de Sanidad por parte de los fabricantes

Tal como hemos comentado anteriormente, el ozono se encuentra bajo el Programa de Revisión del Ministerio de Sanidad, por lo que los fabricantes de los sistemas y equipos generadores para poder comercializarlos en España durante este periodo transitorio, deben cumplir con lo establecido en la Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto 1054/2002, es decir, deben de realizar una notificación a la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación del Ministerio de Sanidad

¿Debemos de notificar los talleres el uso del ozono?

No, los talleres que aplican los sistemas de ozono no deben de comunicar nada al Ministerio de Sanidad, siempre que el equipo generador ya ha sido notificado a la Dirección General previamente por parte del fabricante o el distribuidor, simplemente deberán asegurarse que esté correctamente notificado el que van a usar.

En caso de que el fabricante de la máquina de ozono no lo haya notificado, esta notificación también puede ser realizada por el usuario. Para hacer la notificación solo deben dirigirse a la siguiente dirección la web del Ministerio  y notificarlo.  El proceso de notificación no es un registro en si mismo, sino que la empresa declara la intención de comercializar un biocida, por tanto, no lleva ningún número de registro y la empresa es la responsable de hacer una correcta clasificación, envasado y etiquetado. Como es un proceso solo de declaración, esta información no está volcada en la página web del Ministerio, sino que esos datos son recopilados a nivel interno en la unidad de la Dirección General del Ministerio de Sanidad. Si se quiere solicitar información en algún momento sobre algún sistema/equipo en específcio que se deba acoger a esta Disposición, se puede hacer sin ningún problema, trasladando desde la Consejería la consulta al Ministerio de Sanidad.

Pasos para un uso correcto del ozono

Para poder usar lo sistemas de producción de ozono en tu taller deberás cumplir los siguientes requisitos, recordando que pueden existir otras normativas en alguna Comunidad Autónoma con la que deberías de consultar:

  • Que tu equipo haya sido notificado por el fabricante o distribuidor en España al Ministerio de Sanidad para los tipos de biocida concretos en función del
    ámbito en el que se pretenda aplicar. Sino se ha enviado podrías realizar tu mismo la notificación.
  • El modo de empleo, las dosis y recomendaciones de utilización de estos sistemas/equipos se hará acorde a las especificaciones emitidas por el responsable de la puesta en el mercado, el fabricante o el distribuidor.
  • En el caso de partir de oxígeno puro como precursor, la entidad proveedora del sistema/equipo debe encontrarse incluida en uno de los 2 grupos recogidos en la lista del artículo 953 de la BPR (Biocidal Products Regulation) dentro de las organizaciones EuroO3zon o EOTA The European Ozone Trade Association Limited (UK).

Medidas preventivas para del ozono en vehículos

Desde el punto de vista de la protección de la salud, el Ministerio de Sanidad del Gobierno de España nos da las siguientes pautas:

  • Los profesionales que realicen el tratamiento deben tomar todas las medidas de precaución, usando los equipos de protección adecuados y asegurandose de que la dosificación del sistema/equipo es la indicada por el responsable de la puesta en el mercado.
  • Nunce se podrá aplicar con personas o animales dentro del vehículo
  • En los espacios cerrados, como los vehículos, deberá comprobarse que la concentración de ozono, una vez finalizado el tratamiento y tras la ventilación, es lo suficientemente baja para que la entrada de las personas sea segura.
  • Se deberá ventilar adecuadamente el lugar desinfectado antes de su uso.
  • El ozono puede reaccionar con sustancias inflamables y puede producir reacciones peligrosas al contacto con otros productos químicos.

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